EL ROL POLÍTICO Y SOCIAL DE LA JUSTICIA

Por Eugenia Ramos

Propuestas concretas para tener una política de resolución de conflictos sociales que sea eficiente. Cómo abordar la accidentología laboral desde una mirada que priorice la salud y el bienestar en lugar de favorecer la especulación financiera de sociedades anónimas

Antes de la cuarentena era lógico plantear cambios paulatinos, pero en el actual contexto de reestructuración de nuestras vidas, y de la sociedad, no todas las respuestas pueden ser las mismas que antes de la pandemia. En esta nueva forma de relacionarnos debe haber respuestas sistemáticas, amplias e integrales.

Si el Estado organiza a la sociedad a través de sus tres Poderes, con el trabajo coordinado del Legislativo, del Ejecutivo y del Judicial podría producir modificaciones estructurales para dar respuestas inmediatas a las nuevas necesidades sociales.

En el marco de este planteo, los trabajadores de la Justicia —a través de los sindicatos— podemos aportar propuestas porque conocemos las fuentes de conflictividad social, que es con lo que trabajamos todos los días.

El Poder Judicial tiene, básicamente, dos formas de dividir el trabajo para su organización: una territorial y la otra por materia (fuero civil, comercial, federal, penal, administrativo, etcétera).

Para trazar una política de resolución de conflictos sociales que sea eficiente se debe efectuar un análisis de la dinámica y de las respuestas posibles.

Si bien el Poder Judicial se expide en cada caso concreto, de esa actividad se pueden extraer, con el tiempo, conclusiones sobre aquellas situaciones que se repiten constantemente y resultan ser fuente de conflictos sociales.

Un ejemplo práctico es lo que ocurre en el fuero laboral, donde más del 60 % de las causas que ingresan al sistema tiene por objeto conflictos referentes a los accidentes laborales.

En este sentido, el gran problema que tienen los trabajadores es que la accidentología laboral es un negocio y no una política de Estado.

Cuando era la Ley de Contrato de Trabajo la que regulaba esta cuestión, existía una mirada protectora, pero toda la suerte de las contingencias recaía en las espaldas del empleador, que podía no resultar solvente de acuerdo con lo que requiriera la situación del trabajador accidentado.

En los años noventa —creyendo que así éramos modernos— se abordó todo desde una mirada capitalista e individualista, como si lo único de lo que debía ocuparse el Estado era de resguardar el interés de las sociedades anónimas. En ese contexto, el sistema de accidentología laboral se convirtió en una timba financiera para sociedades anónimas que responden con las reglas del derecho comercial y no con el de la seguridad social, como debería ser. (Algo similar ocurre respecto de las sociedades de medicina prepaga.)

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo no debe ser la garantizadora de la solvencia de las ART —ni del abultado sueldo de sus directivos—, sino un organismo donde se realicen estudios sobre accidentología laboral para trazar las políticas de prevención y reparación de los trabajadores y de la sociedad toda. Es decir, se debería cambiar la perspectiva de tratamiento sobre la temática. Sería conveniente, por tanto, tener una mirada integral fuertemente atravesada por los conceptos de Salud Pública y Bienestar Social. Los fondos recaudados provenientes de los aportes o de los fondos fiduciarios de compensación deben ser recaudados para responder a todas las necesidades de los trabajadores accidentados y a la prevención de los accidentes, y no ser el beneficio de directores de sociedades anónimas.

La masa de dinero que se está depositando en las cuentas “volátiles” de las ART debe ser recaudada por el Estado para responder a la accidentología laboral y a su prevención.

Tener políticas integrales en términos de salud implica también prevenir los accidentes. Un gran porcentaje de los accidentes de trabajo son in itinere: cuando el trabajador se accidenta porque el colectivo se puso en marcha antes de que terminara de bajar o de subir. En este ejemplo hay varios conflictos sociales a resolver, y para ello debe haber políticas públicas e integrales de respuesta.

Hoy, en lo inmediato, uno de los aportes que podría hacer el Poder Judicial es subir a las páginas oficiales los dictámenes digitales de Fiscalías Generales y los dictámenes fiscales ante la Corte así como las resoluciones de todas las Cámaras y de la Corte Suprema para que todos los ciudadanos —a través de los partidos políticos, los sindicatos y las ONG— podamos comprender el mapa resolutivo de conflictos de “la justicia” nacional y provincial, de manera tal que se pueda efectuar un diagnóstico y elaborar propuestas.

Los trabajadores sindicalizados sabemos qué respuestas dar en cada fuero, dónde están las claves de la solución integral a la gran cantidad de conflictos que se reproducen de forma sistemática.

En lo que respecta al fuero laboral, la respuesta inmediata a los conflictos por accidentes de trabajo es la estatización de los fondos hasta hoy recaudados por las ART, a fin de utilizarlos con una mirada desde la Salud Pública, una mirada humanizada de los trabajadores y sus relaciones de trabajo, y no como un recurso más de un sistema objetivador que nos llama “Recursos Humanos”.